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Declaración Anual Productor Residuos Peligrosos

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DECLARACIÓN ANUAL DE PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS

Según el artículo 21 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y en el artículo 38 de la Ley 5/2003, todos los productores de residuos peligrosos deberán realizar la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos. Esta información será declarada ante la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid o de la Consejería correspondiente según la Comunidad Auónoma.

En AMBIALIA
elaboramos la memoria en donde se declara la cantidad y naturaleza de los residuos peligrosos generados a lo largo del año en el proceso productivo de la actividad y el destino final de los residuos.

  • Prestamos el asosorameinto técnico a lo largo de todo el procedimiento administrativo, con el fin de ajustar la declaración anual de productor de residuos peligrosos de acuerdo a lo establecido en la legislación sobre residuos.
  • Elaboramos la solicitud y la memoria técnica
  • Realizamos la tramitación y el seguimiento del expediente.



TRAMITACIÓN DE LA DECLARACIÓN

Según el artículo 19 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, el plazo de presentación de la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos de un ejercicio, comienza el 1 de enero y finaliza antes del 1 de marzo del año siguiente. Se considerarán como infracciones tanto el incumplimiento de la obligación de proporcionar dicha documentación o la ocultación o falseamiento de los datos exigidos por la normativa aplicable, como el retraso en la entrega de esta declaración anual.

¿Qué empresas están obligadas a hacer la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos?

Todas aquellas que produzcan mas de 10.000 kg/año de residuos Peligrosos.

¿Que se considera residuo peligroso?

«Residuos peligrosos»: aquellos que figuren en la lista de residuos peligrosos, aprobada en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. Los que hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España sea parte.

La Declaración Anual de productor de Residuos Peligrosos contendrá la siguiente documentación:

a)
Memoria de la Actividad Industrial, que contendra una descripción de los procesos que generan los residuos, su cantidad, composición y códigos LER.

b)
Memoria descriptiva de los agrupamientos y tratamientos in situ, así como el tratamiento final.

c)
Planos de las instalaciones y la parcela en que se desarrolla la actividad

d) Justificación técnica de las
medidas de seguridad aplicadas en la actividad.

e)
Estudio de Minimización de Residuos Peligrosos en el caso de actividades que contengan procesos de fabricación.

f)
Un Plan de Autocontrol que contendrá la descripción de los indicadores de la actividad y el establecimiento de análisis de dichos indicadores, que sirvan para la comprobación de la eficacia de los mecanismos para asegurar la reducción de la producción de residuos peligrosos y su adecuada gestión.

g) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que fueran de aplicación en materia de
evaluación ambiental.





Declaración anual productor residuos peligrosos

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